domingo, 8 de marzo de 2015

Tarea 7. Apartado A. Irene Muñoz Benavente

Ley de Coulomb

   
   Se nombra en reconocimiento del físico francés Charles-Augustin de Coulomb (1736-1806), en 1785.

   "La magnitud de cada una de las fuerzas eléctricas con que interactúan dos cargas puntuales en reposo es directamente proporcional al producto de la magnitud de ambas cargas e inversamente proporcional al cuadrado de la distancia que las separa, y tiene la dirección de la línea que las une. La fuerza es de repulsión si las cargas son de igual signo, y de atracción si son de signo contrario."
   
   Se expresa como (con magnitudes vectoriales):


   NOTA: La ley de Coulomb es válida sólo en condiciones estacionarias, es decir, cuando no hay movimiento de las cargas o, como aproximación cuando el movimiento se realiza a velocidades bajas y en trayectorias rectilíneas uniformes. Es por ello que es llamada fuerza electrostática.

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